La regulación especial del contrato administrativo de servicio y el principio de la primacía de la realidad
Abstract
Los Contratos Administrativos de Servicio pretendieron regularizar la indebida
contratación de servicios no personales con trabajadores que realizaban funciones personalísimas,
los CAS debieron reflejar exactamente lo consignado en los contratos suscritos; sin embargo,
nuevamente se recurre a este tipo de contratación para realizar actividades no temporales o de
suplencia, para evitar suscribir contratos laborales regulados por Decreto Legislativos N 276 y
728. El objetivo de la presente investigación es determinar si el Principio de primacía de la
Realidad supera la normatividad especial del Decreto Legislativo N°1057. Asimismo, determinar
si estos contratos especiales son de naturaleza jurídica similar a los contratos laborales generales
sin percibir todos los beneficios correspondientes. La metodología ha sido de una investigación
básica, no experimental, nivel explicativo y enfoque cualitativo. La muestra han sido abogados,
funcionarios y trabajadores CAS. El resultado ha sido que muchos trabajadores realizan funciones
diferentes a las pactadas en sus contratos y han sido de carácter permanente, limitados de
pertenecer a una carrera administrativa, tener ascensos y compensación por tiempo de servicio,
entre otros. Como conclusiones se evidencia que aún existe una desnaturalización de los Contratos
CAS, colisionando directamente con el principio de primacía de la realidad. y que no obstante el
tiempo transcurrido se viene incumpliendo la transitoriedad de dicho régimen. Por todo lo señalado
podemos afirmar que la normatividad especial que regula el Decreto legislativo 1057 ha sido
superado por el ´Principio de primacía de la Realidad donde la formalidad contractual finalmente
no determina el real ejercicio laboral.
Collections
- Derecho (Tesis) [63]