El delito de proxenetismo y la trata de personas, como grave afectación del derecho a la dignidad humana, en el Distrito Judicial de Lima, años 2019 - 2020
Resumen
Objetivo: Explicar la fundamentación en que se deba basar la aplicación drástica de penas más severas a los autores de delito de proxenetismo y de trata de personas, modificándose las penas establecidas entre los Artículos 179, 181 y 153-A del Código Penal respectivamente, y acorde con la protección trascendental de la dignidad humana de las víctimas que sean forzadas a ejercer actos de prostitución clandestina, en el distrito Judicial de Lima, entre los años 2019-2020. Método: El estudio del diseño investigativo correlacional, se utilizó la encuesta y auxiliarmente el análisis documental. La población estuvo conformada por 50 operadores, entre jueces y fiscales penales, 35 expertos juridicos entre abogados penalistas y policías especializados en trata de personas. Resultado: De los encuestados el 86% han sostenido que la comisión del delito de trata de personas afecta gravemente al derecho a la dignidad humana de las víctimas. El 68.00% han sostenido que de manera regular se esté dando con la tipificación punitiva del ilícito de proxenetismo. Conclusiones: En lo concerniente al delito de proxenetismo como la ejecución de las diferentes operaciones ilícitas de la trata de personas, perpetradas de manera más agravante y peligrosa, llegan a vulnerar de forma grave a las garantías que deben considerarse en torno a la protección de la dignidad humana y de los derechos conexos de las víctimas que son forzadas a realizar actos de prostitución clandestina, tal como se ha venido dando en torno a la incidencia de casos de víctimas agraviadas, y de sujetos delictivos proxenetas.