El plazo razonable en la investigación preliminar en el distrito fiscal de Huancavelica
Resumen
Debido al inusitado incremento de los hechos delictuales, resulta de vital importancia la labor investigativa que entorno a ellos debe efectuar el Fiscal pero, en el desarrollo de esta tarea, en ocasiones la situación no se plantea de forma clara, pues se conocen hechos que requieren de una actividad investigativa previa para verificar si realmente corresponden a conductas típicas, para poder identificar a quienes lo realizaron y las victimas, para resguardar las evidencias de forma tal que, se cuente con los datos necesarios para optar o bien por archivar el asunto o por formalizar la investigación.
Esta actividad ha sido nombrada por la Ley Procesal Penal como la investigación o diligencias preliminares, las cuales atendiendo a los propósitos que persigue, se comprende poseen carácter de urgente, por lo cual se deben evacuar en sesenta días o cuando se trata de hechos cometidos por organizaciones criminales hasta en ocho meses, habida cuenta que de la información obtenida a partir de ella, se puede vincular formalmente el responsable de los hechos o evitar que una persona sea injustamente procesada y de paso asegurar que la víctima logre la justicia que demanda así como el resarcimiento de los perjuicios que se le pudieron infligir.
Pese a lo mencionado, he logrado establecer que en el Distrito Fiscal de Huancavelica los Fiscales no acatan el plazo de la Investigación Preliminar, prologándose de hecho por un plazo muy superior al legal circunstancia que se evaluó en esta averiguación titulada “El plazo razonable en la investigación preliminar en el Distrito Fiscal de Huancavelica” con el propósito principal de llegar a: Establecer el tipo de causas influyen para que los Fiscales del Distrito Fiscal de Huancavelica no observen el plazo razonable en la investigación preliminar, tentativamente luego de analizar la situación en la práctica y a la luz de los conocimientos proporcionados por las fuentes consultadas, se planteó, como hipótesis de la averiguación que: Las causas influyen para que los Fiscales del Distrito Fiscal de Huancavelica no observen el plazo razonable en la investigación preliminar son de dos tipos: académicas por cuanto no cuentan con los conocimientos sobre técnicas de investigación y subjetivas por cuanto, no asumen el compromiso que su cargo les impone de manera seria.
Para lograr establecer la veracidad de la afirmación realizada por la tesista, se observaron todos los aspectos de método científico de análisis, a través del cual se pudo conocer que el noventa y dos por ciento de los componentes del sondeo afirmaron que las causas por las cuales el Fiscal no observa el plazo razonable de la investigación preliminar en el Distrito Fiscal de Huancavelica son de tipo académico y subjetivo.
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