ESCUELA UNIVERSITARIA DE POSGRADO PRESUPUESTOS PARA LA PRISIÓN PREVENTIVA EN LA IMPUTACIÓN CONCRETA EN EL DISTRITO JUDICIAL LIMA NORTE 2021 Línea de investigación: Procesos jurídicos y resolución de conflictos Tesis para optar el Grado Académico de Maestra en Derecho Penal Autora Cayetano Muñoz, Yrma Verónica Asesor Espinoza Herrera, Edward ORCID: 0000-0002-8214-2162 Jurado Navas Rondon, Carlos Vicente Gonzales Loli, Martha Rocio Vigil Farias, Jose Lima - Perú 2025 RECONOCIMIENTO - NO COMERCIAL - SIN OBRA DERIVADA (CC BY-NC-ND) 16% INDICE DE SIMILITUD 15% FUENTES DE INTERNET 4% PUBLICACIONES 6% TRABAJOS DEL ESTUDIANTE 1 3% 2 2% 3 1% 4 1% 5 1% 6 1% 7 1% 8 1% PRESUPUESTOS PARA LA PRISIÓN PREVENTIVA EN LA IMPUTACIÓN CONCRETA EN EL DISTRITO JUDICIAL LIMA NORTE 2021 INFORME DE ORIGINALIDAD FUENTES PRIMARIAS repositorio.ucv.edu.pe Fuente de Internet Submitted to Universidad Nacional Federico Villarreal Trabajo del estudiante www.scielo.br Fuente de Internet lpderecho.pe Fuente de Internet www.tribunalconstitucional.es Fuente de Internet repositorio.ucp.edu.pe Fuente de Internet repositorio.unfv.edu.pe Fuente de Internet Submitted to Universidad Cesar Vallejo Trabajo del estudiante ESCUELA UNIVERSITARIA DE POSGRADO PRESUPUESTOS PARA LA PRISIÓN PREVENTIVA EN LA IMPUTACIÓN CONCRETA EN EL DISTRITO JUDICIAL LIMA NORTE 2021 Línea de Investigación: Procesos jurídicos y resolución de conflictos Tesis para Optar el Grado Académico de Maestra en Derecho Penal Autora Cayetano Muñoz, Yrma Verónica Asesor Espinoza Herrera, Edward ORCID: 0000-0002-8214-2162 Jurado Navas Rondon, Carlos Vicente Gonzales Loli, Martha Rocio Vigil Farias, Jose Lima – Perú 2025 ii CONTENIDO RESUMEN ................................................................................................................ vi ABSTRACT ............................................................................................................. vii I. INTRODUCCIÓN .................................................................................................... 1 1.1. Planteamiento del problema ............................................................................ 3 1.2. Descripción del problema ................................................................................ 4 1.3. Formulación del problema ............................................................................... 5 1.3.1. Problema general ...................................................................................... 5 1.3.2. Problemas específicos .............................................................................. 6 1.4. Antecedentes ................................................................................................... 6 1.4.1. Antecedentes internacionales ................................................................... 6 1.4.2. Antecedentes nacionales .......................................................................... 9 1.5. Justificación de la investigación ..................................................................... 12 1.5.1. Justificación teórica ................................................................................. 12 1.5.2. Justificación práctica ............................................................................... 13 1.5.3. Justificación metodológica ...................................................................... 13 1.6. Limitaciones de la investigación .................................................................... 13 1.7. Objetivos de investigación ............................................................................. 14 1.7.1. Objetivo general ...................................................................................... 14 1.7.2. Objetivos específicos .............................................................................. 14 1.8. Hipótesis ........................................................................................................ 14 1.8.1. Hipótesis general .................................................................................... 14 1.8.2. Hipótesis específicas .............................................................................. 14 II. MARCO TEÓRICO .............................................................................................. 15 2.1. La prisión preventiva ...................................................................................... 15 2.1.1. Presupuestos para la prisión preventiva ................................................. 17 2.1.2. Prisión preventiva según sea la complejidad del caso. ........................... 21 2.2. Imputación concreta en el proceso penal ...................................................... 21 2.2.1. Garantías judiciales de la imputación concreta ....................................... 23 2.2.2. Actos de investigación ............................................................................ 27 2.3. Definición de términos ................................................................................... 28 III. MÉTODO ............................................................................................................ 29 3.1. Tipo de investigación ..................................................................................... 29 3.2. Población y muestra ...................................................................................... 30 3.2.1. Población ................................................................................................ 30 3.2.2. Muestra ................................................................................................... 30 3.3. Operacionalización de variables .................................................................... 30 iii 3.4. Instrumentos .................................................................................................. 32 3.5. Procedimientos .............................................................................................. 33 3.6. Análisis de datos ............................................................................................ 33 3.7. Consideraciones éticas .................................................................................. 33 IV. RESULTADOS ................................................................................................... 34 4.1. Variable prisión preventiva............................................................................. 34 4.2. Variable imputación concreta ......................................................................... 35 4.1. Contrastación de las hipótesis ....................................................................... 37 4.1.2. Hipótesis general .................................................................................... 38 4.1.2. Hipótesis específica N.º 1 ....................................................................... 38 4.1.3. Hipótesis específica N.º 2 ....................................................................... 39 V. DISCUSIÓN DE RESULTADOS ......................................................................... 41 VI. CONCLUSIONES ............................................................................................... 43 VII. RECOMENDACIONES ...................................................................................... 44 VIII. REFERENCIAS ................................................................................................ 45 IX. ANEXOS ............................................................................................................. 52 iv ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1 Operacionalización de variables .................................................................. 31 Tabla 2 Ítems en relación de la variable prisión preventiva ...................................... 34 Tabla 3 Ítems en relación de la variable imputación concreta .................................. 36 Tabla 4 Correlaciones hipótesis general .................................................................. 38 Tabla 5 Correlaciones hipótesis especifica Nº 1 ...................................................... 39 Tabla 6 Correlaciones hipótesis especifica Nº 2 ...................................................... 39 v ÍNDICE DE FIGURAS Figura 1 Ítems en relación de la variable prisión preventiva ..................................... 35 Figura 2 Ítems en relación de la variable imputación concreta ................................. 37 vi RESUMEN Este estudio tiene como objetivo: establecer como los presupuestos para la prisión preventiva en la imputación concreta en el distrito judicial Lima Norte 2021. Determina la posible vulneración de los Derechos Fundamentales de las personas. El método: empleado fue el cuantitativo, de carácter deductivo, con un diseño no experimental, dentro de un nivel de correlación que arrojó un 0. 847, aplicando como instrumento el cuestionario. Resultado: de la investigación estableció una relación significativa entre la imputación concreta en el requerimiento acusatorio y el ejercicio del derecho de defensa, en el distrito judicial de Ucayali, 2020. Entonces fue que llegamos a la conclusión: que, de acuerdo al marco procesal penal, la decisión judicial donde se establece la prisión preventiva para la persona imputada, debe responder a las garantías judiciales durante las investigaciones realizadas por el fiscal y estas en ningún caso debieran vulnerar el Derecho Fundamental de defensa, el derecho de presunción de inocencia y el respeto irrestricto al debido proceso y a las leyes vigentes. Palabras clave: Derechos fundamentales, prisión preventiva, garantías judiciales, presunción de inocencia, debido proceso. vii ABSTRACT The objective of this study is to: establish the budgets for preventive detention in the specific imputation in the Lima Norte judicial district 2021. It determines the possible violation of the Fundamental Rights of people. The method used was quantitative, of a deductive nature, with a non-experimental design, within a correlation level that yielded 0.847, applying the questionnaire as an instrument. The result of the investigation established a significant relationship between the specific accusation in the accusatory request and the exercise of the right of defense, in the judicial district of Ucayali, 2020. It was then that we came to the conclusion that, according to the criminal procedural framework, the judicial decision where preventive detention is established for the accused person, must respond to judicial guarantees during the investigations carried out by the prosecutor and these should in no case violate the Fundamental Right of defense, the right to presumption of innocence and unrestricted respect for the due process and current laws. Keywords: Fundamental rights, preventive detention, judicial guarantees, presumption of innocence, due process. 1 I. INTRODUCCIÓN La investigación es de carácter penal lo que ha motivado, para la realización del estudio es el poco esclarecimiento de una imputación concreta u objetiva para privar de su libertad al individuo. Los defectos que se observan en cuanto a la prisión preventiva, son serios e influyentes, directamente en el objeto del estudio de la investigación antes de ir a la audiencia. Una imputación endeble, a causa de prescindir de proposiciones fácticas por el Ministerio Público, deviene en una retahíla de prejuicios y conjeturas que podría precipitar en un acto abusivo del derecho o de un proceso arbitrario; por ende, el propósito principal del presente estudio es determinar en qué modo incluye los presupuestos de la prisión preventiva en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Esto nos lleva a preguntar, ¿De qué manera incluye los presupuestos de la prisión preventiva en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021?, también formular como preguntas específicas prisión preventiva influye en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021? ¿En qué medida los plazos procesales influyen en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021?, motivo por el cual se realiza el estudio titulado “Presupuestos para la prisión preventiva en la imputación concreta en el Distrito Judicial Lima Norte 2021”. Este estudio en razón a su importancia y trascendencia ayudó a plantear el objetivo principal, el mismo que se traduce en: Establecer en qué modo incluye los presupuestos de la prisión preventiva en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Es así que este objetivo principal se 2 desglosaron otros objetivos de tipo específico: Establecer en qué medida la prisión preventiva influye en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Establecer en qué medida los plazos procesales influyen en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Posteriormente, nos encargamos de los capítulos, en el primer capítulo: En muchos casos, la falta de objetividad se debe a la falta de recursos y capacitación adecuada de los jueces y magistrados que toman las decisiones de detención. También puede deberse a la presión política o social para imponer penas más duras, lo que lleva a una mayor propensión a la detención preventiva. El Capítulo 2, titulado “Marco Teórico”, explica los marcos teóricos y conceptuales relacionados con los temas tratados. En otras palabras, justifica el estudio. Definición de términos básicos utilizados y formulación de las siguientes hipótesis. En el tercer capítulo, metodología: se detalla el tipo de estudio empleado. El diseño metodológico no experimental, es una investigación de corte trasversal (Tipo: descriptivo - explicativo, enfoque cuantitativo, la muestra de estudio está integrada por un universo 80 encuestados entre ellos se encuentran jueces, fiscales y abogados penalistas. Se realizó la operacionalización de variables e indicadores, se presentaron técnicas y herramientas de recolección de datos, y se presentaron métodos y consideraciones éticas para el procesamiento y análisis de datos e información para la obtención de resultados. El Capítulo 4 trata los aspectos administrativos y considera cronogramas de actividades, presupuestos de investigación y fuentes de financiamiento. Finalmente, el Capítulo 5 discutió las fuentes de las cuales se recopiló la bibliografía, periódicos, documentos y bibliografía electrónica utilizados en este 3 estudio de acuerdo con los estándares APA 7 ma edición. El Capítulo 6 contiene una matriz de consistencia, validación y confiabilidad del instrumento. 1.1. Planteamiento del problema La falta de objetividad en las prisiones preventivas es un problema que afecta a muchas partes del mundo. Las prisiones preventivas son una medida cautelar que se aplica a personas que han sido detenidas y se están a la espera de juicio. En teoría, se utilizan para evitar que los acusados escapen, destruyan pruebas o interfieran en la investigación. Sin embargo, en la práctica, a menudo se aplican de forma excesiva y sin una evaluación objetiva de la necesidad de la detención. Además, existe una falta de objetividad en la aplicación de las prisiones preventivas en el sentido de que a menudo se aplican de manera desproporcionada a ciertos grupos de personas, como las personas de bajos ingresos, los inmigrantes, los afrodescendientes y las personas pertenecientes a minorías étnicas o religiosas. Para abordar este problema, es importante que los jueces y magistrados reciban capacitación adecuada sobre la necesidad de una evaluación objetiva de la detención preventiva. Además, se deben establecer pautas claras y objetivas para la aplicación de las prisiones preventivas, y se deben garantizar los derechos procesales de los acusados para evitar la imposición arbitraria de la detención. También es importante abordar los prejuicios sociales y políticos que pueden influir en la aplicación de las prisiones preventivas. La problemática es compleja en el proceso penal donde la legitimidad del sistema judicial se pone en duda. El sistema garantista penal, previo al juicio, está facultando prioritariamente la prisión antes que la libertad; y en muchos casos, los 4 justiciables son inocentes, orquestado por el funcionamiento articulado de los fiscales, Justificación de vacíos legales en la aplicación de la prisión preventiva y su aplicación ilegal. Esto no es de ninguna manera nuevo ni original, pero es un capítulo esencial para analizar el alcance de la violación por parte del Estado de los derechos individuales de los ciudadanos. La imputación de los fiscales encargados de investigar en un caso penal muchas veces no presenta adecuadamente las evidencias correspondientes, es evidente que la falta de pruebas suficientes o por una interpretación incorrecta de la ley. Los fiscales presentan cargos injustos o insuficientes, lo cual genera resultados muy adversos para los imputados, como la privación de la libertad o la reputación dañada. Además, la mala imputación también puede llevar a la impunidad de los verdaderos delincuentes, lo que perjudica la justicia y el estado de derecho en general. Es importante abordar este problema, para asegurar el respeto a los derechos de los acusados y que se haga justicia de manera efectiva. 1.2. Descripción del problema La medida cautelar de prisión preventiva se utiliza en el ámbito penal para certificar la presentación del imputado en el juicio penal y impedir que éste entorpezca el estudio de los hechos o abandone del país. El uso de esta medida está subyugada a incuestionables presupuestos procesales que deben ser considerados para que su aplicación sea justa a derecho. Entre los presupuestos procesales de la prisión preventiva se están los siguientes: -Existencia de sospechas de responsabilidad penal. -Peligro de fuga. 5 -Peligro de obstaculización de la investigación. -Gravedad del delito imputado. El incumplimiento de alguno de estos presupuestos procesales puede dar lugar a la ilegalidad de la prisión preventiva. Por ejemplo, si no existen indicios suficientes de responsabilidad penal, la prisión preventiva sería ilegal. Del mismo modo, si no existe peligro de fuga o de obstaculización del estudio, la prisión preventiva tampoco sería legítima. Es importante indicar que la ilegalidad de la prisión preventiva por incumplimiento de los presupuestos procesales puede ser alegada por el imputado o por su defensa en cualquier momento del proceso penal. Si se establece que la prisión preventiva es ilegal, ésta debe ser revocada inmediatamente y el imputado debe ser puesto en libertad. La problemática es notable por las contantes prisiones preventivas especialmente cuando es un tema mediático, los fiscales no necesariamente tienen en claro que la prisión preventiva es una medida de última ratio; en otras palabras, se utiliza esta medida cuando se han agotado todas las medidas menos gravosas, para preservar la dignidad de la persona. 1.3. Formulación del problema 1.3.1. Problema general ¿De qué manera incluye los presupuestos de la prisión preventiva en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021? 6 1.3.2. Problemas específicos ¿En qué medida la prisión preventiva influye en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021? ¿En qué medida los plazos procesales influyen en los actos de investigación penales en el distrito judicial Lima Norte 2021? 1.4. Antecedentes 1.4.1. Antecedentes internacionales Valero (2020) en su tesis “La prisión preventiva: medida cautelar de última ratio en el proceso penal ecuatoriano”. Esta investigación surge a raíz de que en los últimos años ha existido un significativo aumento en el empleo de esta herramienta legal coercitiva. Sumado a ello, en la última década, ha aparecido diversos fenómenos relacionados con la problemática carcelaria, producido por el hacinamiento en los centros de detención, como también los recortes presupuestales que permitirían una administración de calidad. Ante ello, es importante recordar que la población carcelaria, es responsabilidad del Estado ecuatoriano. Este estudio tiene por objeto establecer si el uso de esta figura legal llega al nivel de hacer un abuso de ella. Y si es que es la responsable del rebasamiento de reos tanto en los centros de rehabilitación social, como en los centros de detención provisional. Se verificó mediante los estudios legales, y por la Defensoría del Pueblo, que no hay un cuidado correcto al instante de que los administradores de justicia, emiten sus resoluciones. Señalar también que, muchas veces, con el innecesario uso de la prisión preventiva, se constata la vulneración de los Derechos Fundamentales amparados por nuestra 7 Carta Magna. El método empleado fue de carácter deductivo, estudiando este trabajo, con modalidad cualitativa, y con una dimensión exploratoria, explicativa y descriptiva. Los resultados nos permitieron conocer el carácter imperativo y el sistema penal ecuatoriano y que debe contener conceptos muy bien definidos que apliquen de modo exacto, las condiciones y motivaciones debidas, para que los juzgadores accedan la utilidad de la herramienta legal que, si nos remitimos a preceptos constitucionales, debemos tenerla en cuenta solo como última ratio y no como una medida simplificada y vulneradora de derechos de las personas. Pues siempre se debe considerar que nadie es culpable hasta que una decisión judicial así lo declare. Díaz (2018) en su tesis “Aplicación de técnicas de imputación en sistemas de recomendación basados en filtrado colaborativo”. La investigación se centró en los métodos de imputación como punto de vista para resolver problemas de las informaciones faltantes. Es común que los conjuntos de datos contengan valores que faltan. No obstante, su presencia puede plantear problemas, ya que los métodos estadísticos más comunes no se pueden aplicar y características importantes pueden quedar ocultas y conducir a conclusiones erróneas. En este contexto, un método de imputación es un método estadístico que se utiliza para inferir valores faltantes en un conjunto de datos en función de las características únicas del conjunto de datos y las correlaciones entre variables. Muchas de estas técnicas han sido ampliamente estudiadas y utilizadas en estudios de casos de sistemas de recomendación. Pineda (2021) en su tesis “Supresión o modificación de la audiencia de formulación de imputación en derecho comparado con el proceso penal abreviado” La Ley 1826 de 2017 incluye medidas como el acortamiento de algunos plazos procesales y la supresión de las audiencias de consolidación de cargos, que en 8 Colombia se organizan según circunstancias específicas y normalmente están previstas en la Ley 906. Introdujo procedimientos penales especiales abreviados para tipos específicos de delitos. situaciones especiales. Hay disposiciones en el artículo 286. La suspensión de este tipo de audiencias se entiende que cobra mayor agilidad en el ejercicio procesal, lo cual pretende descargar el abultado historial judicial. No obstante, suprimir esta diligencia, representaría una afectación a la garantía del debido proceso afectando al imputado y a las víctimas, pues en este momento procesal, no es una nota informativa al indiciado, por el contrario, significa que contiene el comienzo de un proceso que esté apegado a derecho y se den las debidas garantías procesales bajo la supervisión del juez de control de garantías. Observamos que con el desarrollo del Artículo 1, no sólo Colombia, sino también varios países alrededor del mundo han desarrollado iniciativas legislativas encaminadas a mejorar los procedimientos penales garantizando la celeridad de los procesos penales, concluimos que pudimos confirmarlo. Además, una diferencia de contenido con las normas de otros países orientadas a este fin se ve claramente en las normas extranjeras estudiadas, donde los procedimientos acelerados sólo se utilizan para penas que no exceden los tres años de prisión, como se puede reconocer, por otro lado, bajo el sistema colombiano, en los casos en que se imponen penas más severas, como en los casos de hurto mayor o hurto calificado, se puede proceder con el procedimiento acelerado previsto en la Ley N.º 1826 de 2017. Palominos (2020) en su artículo “¿Imputación penal por el ámbito de organización de terceros?: el caso chileno de la responsabilidad penal de las personas jurídicas” Resumen: Éste tiene como fin confrontar el instrumento más debatible del sistema chileno de culpabilidad penal de personas jurídicas: la exigencia 9 de que el ilícito del individuo físico sea «consecuencia» del incumplimiento, respecto a la persona jurídica, de las atribuciones en lo que respecta a la dirección y supervisión. El artículo plantea, para superar aquello que no coincide entre el principio de autodeterminación y la responsabilidad individual del autor o partícipe de un ilícito penal, implementar determinados aspectos de sindicación que no sean distintos y complementarios y que fundamenten la coexistencia de la persona física y jurídica entorno al tipo de responsabilidad específica. El planteamiento concluyente no tolera la similitud de conducta en la reconstrucción del delito provocado por la persona jurídica e incorpora la dogmática hacia la construcción de «procesos», como materialización dentro de un determinado contexto actual «voluntad» de la organización. Es así que, plantea el «dominio de la organización sobre el proceso» como posibilidad sólida de responsabilidad completamente útil y dinámica. El artículo concluye señalando que el legislador chileno ha optado por una posición respecto del modelo sistemático de responsabilidad penal de las personas jurídicas que considera únicamente a las personas naturales (seres humanos) como agentes imputables primarios en la comisión de los delitos. parte especial. Sin embargo, las corporaciones son productoras autónomas de "procesos" completamente regidos por la racionalidad humana colectiva y, como tales, pueden ser portadoras de obligaciones y, hasta cierto punto, merecedoras de castigo. 1.4.2. Antecedentes nacionales Martínez (2021) en su tesis “Los presupuestos de la prisión preventiva y su incidencia en la efectividad de la prisión preventiva en la Corte Superior de Justicia 10 del Santa, 2018 – 2019”, tuvo por objetivo principal determinar la relación que existe entre los presupuestos de la prisión preventiva y su impacto en la efectividad de la prisión preventiva en la Corte Superior de Justicia del Santa, 2018 – 2019. Esta inferencia utilizó un diseño no experimental basado en correlaciones y la muestra estuvo compuesta por jueces del Tribunal Superior de Santa, en un universo total de 20 jueces. Se estableció que, en el ámbito penal, el 66.25% señaló que los magistrados mostraron que se tomaron en cuenta los presupuestos requeridos, para la aplicabilidad de la medida de prisión preventiva en el seno de la Corte Superior de Justicia del Santa, como también en el ámbito constitucional; el 58.75% de los jueces valoraron las debidas motivaciones al momento de decidir el principio de proporcionalidad en la Corte Superior de Justicia del Santa. Asimismo, se comprobó que, en la dimensión de la presunción de inocencia, el 62.50% señaló que, sí tenían conocimiento sobre el concepto de criterio, cuando optaron por tomar una decisión en el seno de la Corte Superior de Justicia del Santa y en la dimensión de los Derechos esenciales, el 66.66% de los jueces manifestaron que, al decidir una prisión preventiva, no transgredieron Derechos Fundamentales del procesado en el seno de la Corte Superior de Justicia del Santa. Finalmente, se estableció un nexo positivo fuerte entre los presupuestos de la prisión preventiva y la efectividad de la misma, sobre el cual el coeficiente de correlación arrojó un 0. 847. Ochoa (2021) en su tesis “Criterios jurisdiccionales, para evaluar el presupuesto de peligro de fuga y determinar la prisión preventiva en el Distrito Lima Norte. 2021”, tuvo el objetivo de establecer los criterios jurisdiccionales para evaluar el presupuesto de peligro de fuga y determinar la prisión preventiva del distrito Lima 11 Norte 2021. La investigación de este estudio se realiza a nivel descriptivo básico utilizando un enfoque cualitativo, no experimental, de diseño transversal, causal y descriptivo correlacional. El universo estadístico se representó gracias a la estrategia de 08 entrevistas a eruditos en la materia, la revisión de dos expedientes de tribunales penales del Distrito Judicial Lima Norte del 2020. El análisis se basó en herramientas como guías de entrevista, cuestionarios y triangulación de datos validados por fuentes documentales, mapeo y evaluación científica, resultando que los actos judiciales estuvieran motivados, para despejar cualquier incertidumbre de una posible decisión arbitraria en clara afectación de los Derechos Fundamentales del procesado, debe resolverse de forma excepcional, proporcionada y subsidiaria. Se ha considerado que no basta que un juez establezca la causa del riesgo de fuga cuando el imputado no tiene arraigo, pues antes, deben darse otros presupuestos contenidos den el artículo 269 del Código procesal penal de 2004, para que procesa esta medida como última ratio. López (2021) en su tesis “La aplicación de la imputación concreta en el requerimiento acusatorio y el derecho de defensa” tuvo por finalidad determinar el vínculo existente entre la imputación y el derecho a la defensa, como parte del contradictorio en el distrito judicial de Ucayali, 2020; Las variables investigadas se basan en atribuciones, pretensiones acusatorias y derechos de defensa, y por su operacionalización, a partir de pretensiones fácticas, pretensiones jurídicas, elementos de persuasión y defensas materiales y tecnológicas para la investigación, quedando claros los aspectos cuestionables de esto, Se realizó mediante un método descriptivo no experimental con un diseño correlacional transversal. Por lo tanto, la hipótesis descriptiva requiere el uso de métodos observacionales complementados con herramientas de revisión documental y recolección de datos, cuestionarios, los 12 cuales fueron adaptados al mundo de 45 funcionarios judiciales del Distrito Judicial de Ucayali. La investigación como resultado estableció una relación significativa entre la imputación concreta en el requerimiento acusatorio y el ejercicio del derecho de defensa, en el distrito judicial de Ucayali, 2020. Salas (2021) en su tesis “La imputación concreta en los casos de cuasi flagrancia y presunta flagrancia en la incoación fiscal al proceso inmediato”. Esta revisión legal considera la necesidad de cargos específicos en casos ofensivos y semi ofensivos donde ya se han iniciado procedimientos inmediatos. Se examina el concepto de derecho a la defensa y se destaca la diferencia con el debido proceso. Posteriormente, se destacan en una específica jerarquía de atribución el alcance del ejercicio del derecho de defensa, sus garantías, los límites sobre los que la política criminal puede influir en él, su evolución como derecho fundamental, su carácter procesal, etc; por último, en el quinto capítulo, será la discusión resultante de esta indagación y estudio, en función a lo abordado, en el que se efectuaron las conclusiones y recomendaciones de esta tesis, como aporte y resoluto a los presupuestos para la prisión preventiva en la imputación concreta en el Distrito Judicial Lima Norte. 1.5. Justificación de la investigación 1.5.1. Justificación teórica El estudio implica determinar si los presupuestos de la prisión preventiva influyen sobre las brechas de conocimiento del ilícito penal, para que exista una verdadera imputación concreta. Desde la óptica teórica, existen disímiles fundamentos, para justificar la investigación. Se consideraron distintas tesis y 13 documentos que conforman un elemento principal para justificar la importancia del estudio. 1.5.2. Justificación práctica En la práctica, los resultados de la investigación esgrimirán para cambiar la realidad del ámbito de estudio; es decir, un estudio enfocado en evaluar si los presupuestos en el campo de la prisión preventiva influyen en la imputación concreta, proporcionando así algunos criterios específicos por parte de las operadoras jurídicos. De otro lado, la investigación podrá ayudar a esclarecer mejor la imputación en la investigación penal e inclusive podría servir para formular alguna medida cautelar como la prisión preventiva. 1.5.3. Justificación metodológica La metodología planteada es sumamente importante, para determinar o llegar a conseguir los resultados. Es indispensable, para determinar mediante una encuesta si existe la influencia mayoritaria del grupo poblacional si conocen el fondo de la prisión preventiva además si son razonables la imputación en el proceso penal. 1.6. Limitaciones de la investigación Finalmente, la limitación fue los escases de investigaciones cuantitativas. Si bien es cierto que en el tema de la prisión preventiva se tiene un enfoque amplio, muy poco o casi nunca se logra evaluar la influencia de los presupuestos para lograr una imputación concreta y certera. 14 1.7. Objetivos de investigación 1.7.1. Objetivo general Determinar en qué manera incluye los presupuestos de la prisión preventiva en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. 1.7.2. Objetivos específicos Establecer en qué medida la prisión preventiva influye en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Establecer en qué medida los plazos procesales influyen en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. 1.8. Hipótesis 1.8.1. Hipótesis general Los presupuestos de la prisión preventiva influyen de manera significativamente en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. 1.8.2. Hipótesis específicas La prisión preventiva influye significativamente en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Los plazos procesales influyen significativamente en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. 15 II. MARCO TEÓRICO 2.1. La prisión preventiva El propósito de los juicios penales hoy en día es determinar si una persona acusada de un delito es penalmente responsable de las acusaciones. La anacrónica vertiente que veía a la penalidad como fin del proceso penal quedó atrás. En el mundo actual, donde lo que se propende es el respeto a los derechos y garantías de los individuos, no cabe creer que un proceso penal comienza con el objeto de imponer un castigo. El castigo (la pena) es el resultado de una escala de acciones que se realizan en aras de la investigación tras cuyo aclaramiento, se procederá al juzgamiento; donde la persona imputada, conocerá los cargos que pesan contra suya, podrá defenderse, de acuerdo a su legítimo derecho y será asesorado por un abogado de su lección o de oficio, gozará de un tiempo razonable, para presentar la carga probatoria de descargo que tuviera, frente a un juez imparcial y objetivo que se ciña al ordenamiento jurídico vigente, entre otras acciones que se resumen en lo siguiente: – Presunción de inocencia –Debido proceso. (Missiego, 2021) Las medidas cautelares personales se dictan sobre el individuo que lo solicita, (persona natural) y su finalidad es la de asegurar que el imputado se encuentre presente mientras transcurre el proceso penal. Sin embargo, las cautelares de procedencia real avalan el presunto pago de una reparación civil en beneficio de la víctima, en el supuesto de que se compruebe la existencia del daño tras el análisis de los hechos. Asimismo, tienen el objeto de salvaguardar el acervo documentario o 16 algún otro elemento de probanza útil para su evaluación y ayuden a esclarecer todos los elementos que se realizaron en su momento. La imposición de prisión preventiva contra un procesado, significa que se le suspende la libertad ambulatoria mientras se conoce su caso si es o no responsable penalmente de los hechos que se le imputan. Queda claro entonces que cuando a esta persona se le dicta esa medida extrema, no se le ha condenado aun ni tiene una sentencia firme. Tras la aplicabilidad de dicha figura legal, corresponde que la Policía cumpla con interna a esta persona en un centro penitenciario para que continúe todo el proceso, en prisión. Missiego (2021) es una medida cautelar personal, que cuyo fin es asegurar al imputado en el proceso penal, asegurando que eventualmente en el futuro se cumpla con la sanción punitiva en el caso que pudiera imponerse. Así como señala Carrión (2016) que la naturaleza de la medida –prisión preventiva– de coerción, es personal y el propósito es restringir transitoriamente la libertad del incriminado, confinándolo a una cárcel pública para impedir que el sujeto se vuelva en portador de riesgos que afecten el curso del proceso penal. Álvarez (2010) la prisión preventiva es una herramienta que se practica convenientemente con las políticas de gobierno para una dosificación a la violencia, el uso irrestricto de la prisión preventiva, promovido por amplios sectores de los medios de comunicación, se ha vuelto en un requisito permanente para que los Estados impongan sanciones inmediatas a los acusados. De la Jara (2013) la prisión preventiva, es un recurso legal que priva de su libertad a una persona, se da como un mandato precautorio. Se cree que aplicando esta medida se efectiviza una investigación y se asegura que el procesado esté presente para su juzgamiento hasta la fecha de declaración de su condena. 17 Ante esta figura legal, se muestra el conflicto de dos intereses particularmente relevantes: por un lado, la presunción de inocencia, ya que ninguno debe ser tratado como culpable hasta que la sentencia judicial así lo declare y por el otro, el deber del Estado sancionar a la comisión de actos delictuosos y la transgresión de elementos legales protegidos por medio la salvaguarda de que el procesado debe estar presente en el juicio que se le sigue y que la investigación seguirá el normal cauce sin alteraciones y que a los responsables de cometer delitos, se les impondrá la debida sentencia condenatoria. Sandoval (2020) en esta doctrina, la prisión preventiva se considera una medida preventiva de carácter personal, que crea un estado de privación de libertad física más o menos permanente para la persona afectada, y apoyada por autoridades públicas encaminadas a tal fin. Un juez en un proceso contra un autor o participante en un delito punible con prisión. También se da cuando el juez de control, de modo excepcional, se la impone al procesado por razones de requerir con suma urgencia, mientras comienza el juicio y dura éste, con el objeto de impedir determinadas acciones que signifique un perjuicio contra un tercero o la alteración del curso del proceso. 2.1.1. Presupuestos para la prisión preventiva Según el Nuevo Código Procesal Penal [actualizado] (2022) en el art. 268 que determina que los presupuestos procesales son los siguientes: A. Existen fundados y graves elementos de convicción B. Sanción sea superior a cuatro años de pena privativa C. Que existiese peligro de fuga y obstaculización. 18 Se debe entender que, sin estos presupuestos esenciales, no se sería un proceso un válido. 2.1.1.1. Suficientes elementos de convicción. En el Nuevo Código Procesal Penal [actualizado] (2022) en el art. 481-A. los elementos de convicción son los que corroboran, y son utilizados para dictaminar medidas cautelares como es la privación de la libertad. En el mismo cuerpo legal antes mencionado en el art. 321. Las investigaciones preliminares reúnen elementos del convicto y de la defensa para que los fiscales puedan tomar la decisión correcta sobre si presentar cargos. El código procesal penal establece que el estudio preparatorio “…Tiene por finalidad determinar si la conducta incriminada es delictuosa, las circunstancias o móviles de la perpetración, la identidad del autor o partícipe y de la víctima, así como la existencia del daño causado”. (Art. 321-1). Estos elementos de creencia representan las razones por las que el fiscal cree que el acusado es autor o participante del delito. Los elementos de condena incluyen pruebas, rastros, investigación y acciones de investigación realizadas previamente por el ministerio público, así como investigaciones preparatorias formales, con el fin de llegar a una condena por la comisión de un delito en el que el imputado está involucrado como autor. o participante está incluido. Las diligencias practicadas en la estudio previo y preparatoria formalizada, todavía configuran como rudimentos de confianza que conducen a alumbrar la vida y la observación de los autores y partícipes y que se requerirá a extinción de solicitar improperio para el proceso. (Campos, 2022) 2.1.1.2. Delito grave. Esto significa que el juez prevé que, si se demuestra la responsabilidad del acusado en el juicio, la pena será superior a cuatro años. La proyección de la pena probable deberá estar acorde a la carga probatoria y, por ende, 19 a los elementos de convicción, caso contrario, sería un requerimiento solo formal y sin mérito suficiente, como para aplicar esta medida gravosa. (Lozada, s.f.). Mendoza (2020) este principio forma parte del primer presupuesto. Se determinó como límite para que, –en ningún caso–, La prisión preventiva se utiliza cuando la pena no excede los cuatro años. De manera similar, el castigo específico es una interpretación válida del término "sanción impuesta". Sin embargo, no existe relación entre este presupuesto y "la severidad de la sentencia que se espera resulte de la demanda”; en ese sentido, como condición, para estimar el presupuesto de peligro de fuga (art. 269. 2 del CPP); tenemos que en el primer caso se trata de un límite normativo, en el segundo referido a lo que produce enfrentar un proceso de cuya pena que se espera alcanzar sea cadena perpetua; o de 35, 25, 15 años de pena privativa de libertad, penas consideradas gravosas. Asimismo, indicar que, si una pena de 8 años supera el límite normativo, ésta no es considerada gravosa, por lo tanto, se puede imponer otras medidas, para garantizar la presencia del imputado, así tenemos los grilletes electrónicos, entre otros elementos. 2.1.1.3. Peligro de fuga u obstaculización. Según la Casación Nº 631- 22015/Arequipa (2015) el peligro procesal (periculum in mora) Este es el factor más importante a valorar en una orden de prisión preventiva. Esto es inherentemente subjetivo, pero legalmente objetivo, por intermedio de varios criterios que son enumerados y, por ende, atribuye a los jueces, determinada discrecionalidad al momento de tomar sus decisiones. La ley identifica dos peligros: fuga y obstaculización. El primero, es cuando se piensa que el procesado, de permanecer libre, se sustrae de la justicia y consigue huir sin ponerse a derecho. El segundo, Novoa (2019) se refiere a la posibilidad de que el procesado de manera premeditada, 20 realice acciones que conlleven al entorpecimiento o alteración de las diligencias procesales. En ese sentido, para realizar debidamente la calificación, el juzgador deberá tener en cuenta: • La probable pena a imponer, consecuencia del proceso penal desarrollado; referido a sí la pena es gravosa o no. • La importancia del daño que se hubiera originado, el mismo que deberá resarcirse, así como el comportamiento del imputado ante la causa probable. • La habitualidad o arraigo de permanencia en el país del imputado. • El comportamiento que tuvo durante el trámite del proceso o el mostrado en un anterior, todo ello, hace suponer si el procesado tiene o no la buena disposición de sometimiento al proceso. Según Condemaita (2018) el obstáculo es el presupuesto. Ordenar la prisión preventiva requiere un análisis caso por caso, no sólo generalizaciones; Como mínimo, el juez debe tener pruebas que acrediten el riesgo de discapacidad, la exigibilidad del peligro procesal debe probarse desde el análisis de un cúmulo de situaciones que eventualmente tienen lugar durante o antes el proceso, y que se relacionan poderosamente a las actitudes y valores morales del procesado, su trabajo, bienes, relaciones parentales o alguna otra situación que conlleve al razonamiento de un severo nivel de objetividad, que, en libertad el procesado, previa a la determinación de su posible culpabilidad, deja en serio peligro el normal curso de las investigaciones y la efectividad de las diligencias y de todo el proceso. 21 2.1.2. Prisión preventiva según sea la complejidad del caso. Según el Nuevo Código Procesal Penal [actualizado] (2022) en el art. 274 determina que la duración dependiendo sea el caso. Entre ellos tenemos: 2.1.2.1. Casos simples. La sanción preventiva de la libertad es hasta 9 meses prorrogables por 6 meses más. 2.1.2.2. Casos complejos. La privación de la libertad preventiva es de 18 meses, y se puede prorrogar por 18 meses más. 2.1.2.3. Criminalidad organizada. En estos casos la privación de la libertad es de 36 meses y se puede prorrogar hasta por 12 meses más. 2.2. Imputación concreta en el proceso penal La palabra "atribución" es el acto de condenar explícitamente la negligencia o acción omitida de una persona y darle significado a esa acción. La tarea consiste en construir una subfunción con los antecedentes necesarios. Investigación y preparación. (Ramírez, 2018) Reconocer un acto delictivo como violación de una norma requiere reglas que permitan interpretar el acto como expresión de una falla en el reconocimiento de la norma como razón válida para actuar. Las reglas que especifican esta condición de valor declarado para el comportamiento se denominan reglas de asignación. La regla de imputación aparece, por tanto, como un complemento esencial de la norma sancionadora, ya que establece lo que constituye persecución penal legal como un acto que resulta en una falta de cumplimiento personal de la ley. (Mañalich, 2010) 22 La distinción categórica entre anti normatividad y atribución puede aclararse considerando que las condiciones de atribución se refieren a las condiciones de las que depende la capacidad del receptor para ajustarse a las normas esperadas. El reconocimiento como razón válida para la acción. A través de la transferencia, que se refiere a la capacidad de un individuo para ajustarse a las normas, la conducta criminal se construye como una contradicción a las normas. Una acción adquiere el valor declarativo de contradicción de norma sólo si el destinatario de la norma podría haber seguido la norma, pero no lo hace. (Mañalich, 2010) Para que se acuse a una persona de un delito, éste debe poder ser pasible de demostrarse. Este es un modelo de procedimiento penal como proceso de argumentación o prueba sobre los elementos de una condena. Tiene como presupuesto la imputación específica de una acción punible realizada por autor o partícipe del ilícito, sustento vital, para el desenvolvimiento de la actividad probatoria y las diligencias. Este principio permite la realización de dos condiciones: la verificabilidad o refutación de la hipótesis de acusación y su evidencia empírica; y, a continuación, la resolución judicial fruto de todos los elementos mostrados, puesto que el responsable y el hecho punible en contrato son una dualidad, servirá para los fundamentos de hecho y de derecho del juzgador al momento de emitir su resolución. (Mendoza, 2011) Es importante tener en cuenta que la imputación concreta es imprescindible, debido a que dependerá es ello, para que se establezca el principio acusatorio; sin el cual no podría haber la garantía de la base contradictoria y para que el proceso tenga su estadio contradictorio, es necesario que la imputación concreta pueda llevarse a cabo. (Mendoza, 2011) 23 Para Bautista (2021) la pertinencia de una imputación, asegura la eficiencia del desarrollo del proceso. El correcto desenvolvimiento del proceso, respetando todas sus etapas, es reconocido en nuestra Carta Magna, en su artículo 139 inc. 3 (debido proceso). Este, debe reunir los elementos necesarios, como lo es una imputación clara y precisa. Ello permitirá que el procesado tome conocimiento sobre los hechos materiales que se le atribuye como ilícito. La claridad de la imputación y su debida tipificación, así como los actos materiales, tienen que estar presentes, esto asegurará la eficacia en la labor de hacer respetar el derecho a la defensa del procesado. Una vez conocidos los cargos, el imputado contará con el debido momento de contradecir dicha acusación, bajo la asesoría de su defensa técnica, a fin de que se le salvaguarden todos los derechos y las respectivas garantías procesales. La imputación concreta obliga a que se expongan los elementos fácticos necesarios, y que constituyan un fragmento de tiempo y espacio que permita conocer determinada realidad de los hechos ocurridos y que pueda ser clasificado mediante la normatividad vigente o disposiciones legales. este presupuesto es la actividad probatoria. Indispensable para tener un criterio objetivo de la carga probatoria, y eximir toda duda razonable, al momento de que el juzgador emita su resolución judicial. (Mendoza, 2019) 2.2.1. Garantías judiciales de la imputación concreta En la Constitución Política del Perú [actualizada] (2022) en el art. 139 - 15. El principio de que toda persona tiene que estar debidamente informada y notificada, de inmediato y por escrito, de las causas de su aprehensión. Nuevo Código Procesal Penal [actualizado] (2022) en art. IX – 1. La persona tiene derecho a ser informada de sus derechos y a ser informada con prontitud de cualquier reclamación en su 24 contra. Desde el momento en que sea citado o llevado ante el tribunal por las autoridades, estará asistido por un abogado de su elección o, si esto no fuera posible, por un abogado de oficio. Tiene derecho a una cantidad de tiempo razonable para preparar una defensa para su caso. Ejercer el derecho de legítima defensa material. estar igualmente preparados para proporcionar pruebas y utilizar las pruebas pertinentes dentro del tiempo establecido por la ley; el derecho a la defensa es irrestricto, cubre todo el procedimiento, en la forma y oportunidad que la ley señala. Nuevo Código Procesal Penal [actualizado] ( 2022) en art. 71-2 A. el Poder Judicial, así como el Ministerio Público y la Policía Nacional, informarán al imputado inmediatamente que tiene derecho a: “Conocer los cargos en su contra y, se le sometiera a una aprehensión, a que se le exprese los motivos de la medida, mostrándole la orden de detención (…)”. No olvidar que a cada momento deberá regir el principio de presunción de inocencia, puesto que ninguna persona es culpable hasta que una resolución judicial determine lo contrario. Mientras transcure el proceso penal, a todo imputado se le confiere los presentes derecho, que a su vez son garantías procesales: 2.2.1.1. Principio de contradicción. Esto prima en todo el proceso penal, el clímax del contradictorio ocurre con el debate de los argumentos opuestos, tanto de la parte fiscal, cuanto de la Defensa del imputado; ello, qué duda cabe, abona en el conocimiento de saber sobre la cualificación profesional del representante de la fiscalía, así mismo de la defensa legal del imputado. (Cubas, 2005) Por otro lado, Zabaleta (2017) el contenido de los macro principios del debido proceso incluye el principio de inconsistencia, que es una garantía importante en el proceso penal. Desde una perspectiva global, es importante considerar el carácter 25 contradictorio y bilateral como justo y necesario. Determinar la construcción de estándares razonables y referirse a los reclamos y argumentos de la otra parte. Las normas básicas de justicia y la igualdad de armas entre las partes son elementos de las garantías constitucionales. En virtud del derecho de contradicción, el proceso debe contener todas las garantías que permitan igualdad de oportunidades, para las partes, así se ventilarán todos los elementos probatorios y el contradictorio, servirá para que el juzgador pueda formarse una base sobre la cual resol ver en su momento. Sin esta igualdad de armas, se abriría paso a la arbitrariedad y estaríamos lejos de arribar a un debido proceso con todas las garantías y justo. 2.2.1.2. Derechos del imputado. Para Jauchen (2014) las legislaciones no guardan una definición de imputado, será la situación particular del individuo en que lo definan. El imputado tendrá la oportunidad de contradecir, con medio probatorios, los cargos por los que se le acusa, para tal fin, es imprescindible que sepa de qué va la acusación, la tipificación del supuesto o supuestos delitos y las medidas coercitivas que exigen en su contra. Única forma de preparar efectivamente su defensa, acorde con el principio de igualdad de armas. La desinformación de los hechos que se le imputan lo dejan en desventaja ante su rival, tratando de defenderse sin conocimiento de la causa. Nuevo Código Procesal Penal [actualizado] (2022) en art. 71-1. El imputado puede hacer valer los derechos que le confiere la Constitución y las Leyes, a partir de las primeras diligencias de hasta la conclusión del proceso. A) Presunción de inocencia. La presunción de inocencia es un derecho fundamental del individuo y está recogida en el artículo 2(24)(e) de la Carta Fundamental de la siguiente manera: "Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales". Por lo tanto, toda persona se presume inocente hasta que un 26 tribunal de justicia sea declarado responsable. Sobre el papel del principio constitucional de presunción de inocencia en los juicios cuando se trata de decisiones judiciales razonables y razonables en las que los ciudadanos pueden defenderse. (Yon y Sánchez, 2005) B) Derecho de defensa. Este derecho permite un equilibrio entre el poder absoluto del Estado y el poder absoluto del pueblo. Es un derecho y una garantía del pueblo y de la adecuada administración de justicia, y tiene como objetivo no sólo cuidar los derechos y libertades del pueblo, sino también fijar límites al poder del Estado. Si bien el derecho a la defensa es resultado del Estado de derecho, el proceso también debe ser un medio para investigar actos criminales y un medio para proteger la libertad, la vida, el honor y otros derechos humanos fundamentales. (Buitrago, 2005) C) Debido proceso. Cualquier investigación previa al juicio se limita a fundamentar la acusación como justificación para iniciar un proceso judicial, a menos que el material recopilado constituya prueba teórica de la acusación. Requerimientos que, de una óptica –esta vez del adversativo–, conllevaría que una vez surja la acusación al fiscal o la denuncia policial, siempre entendidas como partes, se exija siempre la igualdad de armas y la necesidad del disclosure, reclamaciones cuya complejidad requiere principistas reformas como la italiana. (Armenta, 2015) 2.2.1.3. Garantías judiciales. Reside principalmente en la existencia de algunas garantías judiciales generales comunes tanto a las víctimas como a los acusados. Se trata de "igualdad en los tribunales", "acceso a la justicia y defensa en 27 los tribunales" e "imparcialidad (e independencia) de los jueces". Su paralelo carácter de protección de los derechos de ambos, sirve de argumento, para la fundamentación bilateral, sin perjuicio de que, en todo momento, se hagan las especificaciones por separado, según amerite las circunstancias procesales. (Cafferata, 2000) 2.2.2. Actos de investigación Es el esfuerzo para recabar los elementos de convicción y esclarecer la responsabilidad de los hechos. Rodríguez et al. (2012) los autores aluden que los actos de investigación son los que permiten recabar las pruebas de carago y de descargo siempre con estricto respeto a los derechos y principios que la Constitución establece. 2.2.2.1. Elementos de imputación. En el derecho penal los elementos de imputación son los que sirven, para valorar la acción delictiva del autor (ex ante), en esta línea, el único hecho es la conducta prohibida (Málaga, 2017) 2.2.2.2. Dolo en la investigación. Es el trama social y personal de la acción como mencionan Jescheck y Weigend (2003) el dolo es conocer y saber cuáles son los elementos objetivos que pertenecen al tipo legal, éste beberá ser probado en el transcurso del proceso penal. 2.2.2.3. Búsqueda de la verdad. Este valor es relevante y necesario, – naturalmente–, no suficiente, para que funcione la justicia como esencia. Esto logra hacer valedera la trascendencia del procedimiento judicial y del derecho penal, que, por mucho tiempo, se menosprecia en los cuerpos jurídicos y diversos tipos jurídicos del civil law; tanto en la bibliografía cuanto en lo académico y en las pruebas y evaluaciones en la universidad. Cualquiera que sea la definición o teoría que se 28 aplique al caso, es el factor legitimador más importante en los procesos penales costarricenses, incluso si el objetivo es imposible. (Zamora, 2014) 2.3. Definición de términos Prisión preventiva. Es una medida preventiva que pasa durante las investigaciones y en espera de la celebración del juicio. Delito. Es un acto contrario a las normas y costumbres de una sociedad Imputación. es la sindicación preliminar y primaria que hace saber que una persona en específico es sospechosa de cometer un delito que merece ventilarse en un proceso judicial. Imputado. Es la persona atribuida de cometer un delito. Principios. Directrices que regulan el comportamiento de las personas trocando las creencias espirituales, racionales. Son normas que tienen en su esencia, características de convivencia entre las personas en sociedad. Investigación. Proceso para dar solución a determinados problemas, los cuales aparecen a partir de la reflexión humana o de la crítica sobre problemas en comunidad. 29 III. MÉTODO Este estudio se desarrolla bajo el enfoque cuantitativo; es decir, este enfoque coadyuva a plantear conclusiones explicativas generales. Toda metodología básica cuantitativa busca establecer un razonamiento deductivo entre la realidad y el objetivo a investigarse, en este contexto el investigador puede distanciarse de sus propias creencias, valores, ideologías durante el proceso de investigación para que no se condicione al momento de la elaboración del diseño de estudio y el análisis de los datos recabados. (Blanco, 2011) 3.1. Tipo de investigación El estudio tiene una tipología explicativa, en otras palabras, no solo busca explicar acerca del problema si no que abona una explicación sobre el objetivo de investigación, direccionada a identificar las causas del fenómeno. Este tipo de investigación puede presentar cuatro elementos importantes: tema, propósito, medios y fin. Según este paradigma, las estructuras sociales son relevantes en comparación con la condición particular e individual de los sujetos que interactúan socialmente, por ello, el entorno de los individuos, deben ser comprendido como algo externo al individuo y estudiada con meridiana claridad, haciendo uso de los métodos científicos de las ciencias naturales. Para Corbetta (2010) conseguir una mirada completa y cabal de la realidad. Un profesional en sociología debe trabajar en una forma inductiva, pasando de la observación de hechos acontecidos antes o ahora, a la verificación de circunstancias y elementos que permitan determinar de manera comprobada, leyes universales que rigen el comportamiento de las personas. Además, el científico tiene como misión de 30 reconocer la realidad social para adoptar las proposiciones o afirmaciones generales respecto de la realidad de la investigación. 3.2. Población y muestra 3.2.1. Población Una vez determinado lo que se busca medir, es menester definir a quiénes vamos a dirigir el instrumento de medición. Blanco (2011) la población es el conjunto de sujetos u objetos en donde está interesado el investigador a estudiar. También se considera como el espacio geográfico, que para eeste tipo de investigación puede presentar cuatro elementos importantes: tema, propósito, medios y fin. El estudio se realizó en el Distrito Judicial Lima Norte, consideramos que esta población es sumamente importante para el desarrollo del estudio y es donde se recejó los datos de la encuesta. Por tal motivo se eligió 80 entre jueces, fiscales y abogados penalistas. 3.2.2. Muestra Se considera una parte importante de la población, que en el presente caso son sujetos que representan al total de la población. Cuando la población es pequeña, resulta posible estudiarla en su totalidad. Se hace indefectible establecer muestras del total de la población. Por consiguiente, este estudio la muestra está constituida por 80 encuestados entre ellos se encuentran jueces, fiscales y abogados penalistas. 3.3. Operacionalización de variables Variable Independiente: Prisión preventiva Variable Dependiente: Imputación concreta. 31 Tabla 1 Operacionalización de variables Variables Definición Dimensiones Indicadores Método de medición Prisión preventiva. Es una medida que trata en privar de libertad a una persona sindicada como presunto autor de un delito. Se actúa como regla general respecto a un delito, situación en la que, las personas son privadas de libertad mientras se desarrolla el proceso judicial. Presupuestos -Suficientes elementos de convicción -Que el delito de grabe -Peligro de fuga u obstaculización Encuesta Plazos procesales -Casos simples -Cosos complejos -Organización criminal Imputación concreta Es la condición detallada, precisa y cierta, que especifica un hecho delictivo y el grado de intervención del autor; además explica el cumplimiento de los elementos del tipo correspondiente al delito que se imputa a una persona. Garantías judiciales -Principios de la Administración de Justicia -Derechos del imputado Encuesta Actos de investigación - Elementos de imputación - Dolo en la investigación - Búsqueda de la verdad 32 3.4. Instrumentos En toda investigación para llegar a los resultados o que permitan llegar a una conclusión es obligatorio la utilización de herramientas e instrumentos que pueden ser de diferentes tipos, tales como la medición, contrastación, acopio de información, verificación entre otros dependiendo su peculiaridad de cada investigación. Para Mejía (2005) el instrumento más conocido y que proporciona información valiosa al investigador es la medición. Se utilizó la medición estadística de las variables, con esta actividad se trata de conocer la naturaleza de los fenómenos por sus características de cada variable, para Mejia (2005) “la medición es un proceso que consiste en asignar numerales a determinados fenómenos o eventos, siguiendo reglas previamente establecidas” (p.13). el proceso de medición es importante su utilización, porque permite elaborar tabla y figuras. Se utilizó el cuestionario. En la investigación fue necesario emplear este instrumento para recoger los datos o la información de los encuestados, que se caracteriza por aplicarse en investigaciones cuantitativas, principalmente donde se llevan a cabo con el método de encuesta. El cuestionario permite recoger datos de connotación social mediante una serie de cuestionarios para escoger información organizada sobre una muestra de personas, utilizando el tratamiento cuantitativo y agregado de las respuestas para la descripción del grupo humano a la que forman parte y/o comparar con los cuadros estadísticos, determinados vínculos entre reglas de medición de su interés. (Meneses, s.f.) 33 Contrastación de hipótesis mediante la Rho de Spearman, se determina el coeficiente de significancia de grado de relación, influencia entre una variable y la otra, según Martínez (2009) este coeficiente es una “medida de asociación lineal que utiliza los rangos, números de orden, de cada grupo de sujetos y compara dichos rangos” (p. 4). 3.5. Procedimientos a. Recopilación de información normativa y teórica b. Búsqueda de antecedentes nacionales e internacionales c. Búsqueda de soporte académico en revistas y repositorios 3.6. Análisis de datos a. Aplicación del cuestionario estructurado b. Procesamiento de los resultados en tablas y figuras c. Comparación de los resultados con otras investigaciones. 3.7. Consideraciones éticas Respeto de los principios éticos de derecho de autor, estricto cumplimiento a las normatividades de la institución, confidencialidad de los datos personalísimos de los encuestados. 34 IV. RESULTADO Se presenta los resultados alcanzados por medio de la aplicación de la encuesta a la muestra objeto de estudio. 4.1. Variable prisión preventiva Como se puede ver en la investigación que las normas internacionales resguardan los derechos humanos y reconocen a la prisión preventiva como una medida excepcional siempre y en cuando, exista la necesidad para aplicárselo, además, esta deberá ser racional y equitativa. Según la doctrina existe un cúmulo de formalidades a los cuales Kostenwein (2017) denomina “requisitos materiales” que deberán ser expresados en la aplicación de la prisión preventiva, pero no es menos cierto que también existe los plazos procesales que se encuentran establecidos en el Código procesal penal lo que no se vienen efectuando debidamente en el ámbito penal. Esta inquietud conllevo hacer una encuesta denotando los siguientes resultados. Tabla 2 Ítems en relación de la variable prisión preventiva Nº Ítems Si No f % f % 1 ¿Considera que se cumple con los presupuestos de las prisiones preventivas? 73 91% 7 9% 2 ¿Cree que la prisión preventiva cumple realmente con el propósito de esclarecer el hecho delictivo? 78 98% 2 9% 3 ¿Considera que se debe privar de su libertad a una persona siempre y cuando exista suficientes elementos de convicción? 79 99% 1 9% 4 ¿Cree que es necesario, los plazos procesales en la privación de la libertad? 75 94% 5 9% 35 5 ¿Considera que habiendo una inadecuada imputación o una imputación mal formulada se debe restringir la libertad de una persona? 73 91% 7 9% 6 ¿Considera indispensable la complejidad del caso para dictar una medida de prisión preventiva? 78 98% 2 9% Total 76 91% 4 9% Figura 1 Ítems en relación de la variable prisión preventiva Nota. En la figura, se observa en los resultados de la primera variable, que, entre los encuestados, un 91% considero que, sí se cumplen los presupuestos y los plazos procésales de prisión preventiva, mientras que el 9% cree que no se cumplen. 4.2. Variable imputación concreta Por otro lado, cuando se habla de la imputación concreta, Guerrero (2019) es la concreción de los cargos que cuyo efecto recae en la persecución penal, Medina y Galván (2007) todo proceso de investigación existe una evidente imputación empírica y sólida la cual se debe arribar a una conclusión positiva o negativa, sin vulnerar las garantías judiciales de la persona; el momento especial de todo acto de investigación 76 91% 4 9% Frecuencia Porcentaje % Frecuencia Porcentaje % Si No 36 es el respeto a los derechos de salvaguarda de la persona humana que está inmersa en un proceso penal, ante los órganos judiciales correspondientes. Tabla 3 Ítems en relación de la variable imputación concreta Nº Ítems Si No f % f % 7 ¿Cree que el juez dicta prisión preventiva de acuerdo a la imputación? 73 91% 7 9% 8 ¿Considera justo que los imputados sean puestos en libertad por la ineptitud de los fiscales de precisar la imputación del delito? 79 99% 1 1% 9 ¿Considera que se respeta las garantías judiciales cuando se hace una imputación concreta y eficiente? 77 96% 3 4% 10 ¿Cree que los principios de la administración de justicia permiten que los fiscales realicen una imputación concreta y objetiva? 80 100% 0 0% 11 ¿Considera que la imputación debe ser en estricto respeto a las leyes y derechos de la persona imputada? 77 96% 3 4% 12 ¿Considera importante que se detallen todos los elementos de imputación? 78 98% 2 3% 13 ¿Considera que en la imputación se debe precisar el tipo de dolo, para determinar la responsabilidad del imputado? 79 99% 1 1% 14 ¿Considera que la imputación conlleva a la búsqueda de la verdad de los hechos delictivos? 78 98% 2 3% Total: 78 97% 2 3% 37 Figura 2 Ítems en relación de la variable imputación concreta Nota. Se observa que, entre los resultados de la segunda variable mostrados en la figura, que el 97% de los encuestados respondieron sí, existe garantías judiciales en los actos de investigación que realizarse para la imputación concreta, mientras que el 3% respondieron que no existe garantías cuando se investiga un delito. 4.1. Contrastación de las hipótesis Se realiza la contratación de hipótesis, para el cual, se implementó la prueba estadística Rho de Spearman. Es relevante mencionar que el contraste se plantea una hipótesis nula representada como H0, y otra hipótesis alternativa, asignada con las siglas H1. Se debe tomar en cuenta el nivel de error permitido (de 0,05, por lo tanto, si el nivel de significancia es menor a 0,05 se rechaza la hipótesis nula, si es mayor a 0,05 se acepta la hipótesis nula. 78 97% 2 3% Frecuencia Porcentaje % Frecuencia Porcentaje % Si No 38 4.1.2. Hipótesis general H1: Los presupuestos de la prisión preventiva influyen de manera significativamente en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. H0: Los presupuestos de la prisión preventiva NO influyen de manera significativamente en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Tabla 4 Correlaciones hipótesis general Rho de Spearman Presupuestos de la prisión preventiva Imputación concreta Presupuestos de la prisión preventiva Coeficiente de correlación 1,000 ,685** Sig. (bilateral) . ,000 N 80 80 Imputación concreta Coeficiente de correlación ,685** 1,000 Sig. (bilateral) ,000 . N 80 80 **. La correlación es significativa en el nivel 0,01 (bilateral). Al ser el p valor de cálculo 0.000, menor que 0.01, se rechaza la hipótesis nula y se acepta la alterna: Los presupuestos de la prisión preventiva influyen de manera significativamente en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. El coeficiente de Rho de Spearman es de 0,685, lo que denota que existe una relación de grado alto entre ambas variables. 4.1.2. Hipótesis específica N.º 1 H1: La prisión preventiva influye significativamente en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. 39 H0: La prisión preventiva NO influye significativamente en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Tabla 5 Correlaciones hipótesis específica N.º 1 Rho de Spearman Prisión preventiva Garantías judiciales Prisión preventiva Coeficiente de correlación 1,000 ,895** Sig. (bilateral) . ,000 N 80 80 Garantías judiciales Coeficiente de correlación ,895** 1,000 Sig. (bilateral) ,000 . N 80 80 **. La correlación es significativa en el nivel 0,01 (bilateral). En cuanto al p valor calculado es 0.000, menor que 0.01, se rechaza la hipótesis nula y se acepta la alterna: La prisión preventiva influye significativamente en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. El coeficiente de Rho de Spearman es de 0,895, lo que denota que existe una relación de grado muy alto entre las dimensiones. 4.1.3. Hipótesis específica N.º 2 H1: Los plazos procesales influyen significativamente en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. H0: Los plazos procesales NO influyen significativamente en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Tabla 6 Correlaciones hipótesis específica N.º 2 Rho de Spearman Los plazos procesales Actos de investigación 40 Los plazos procesales Coeficiente de correlación 1,000 ,852** Sig. (bilateral) . ,000 N 0 80 Actos de investigación Coeficiente de correlación ,852** 1,000 Sig. (bilateral) ,000 . N 80 80 **. La correlación es significativa en el nivel 0,01 (bilateral). De los resultados obtenidos se puede comprobar que existe una relación positiva y moderada r= 0,852 entre plazos procesales y Garantías. Aunado a ello, el niv. De sig. Bilateral de 0,001 denota que dicha correlación es, además, estadísticamente significativa. Por ello, se rechaza la hipótesis nula y se acepta la alternativa. 41 V. DISCUSIÓN DE RESULTADOS Al determinar en qué manera incluye los presupuestos de la prisión preventiva en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021, como el resultado del coeficiente de Rho de Spearman es de 0,685, demuestra que existe una correlación positiva, con un nivel de significancia de 0.000, menor que 0.01. Se confirma que los presupuestos de la prisión preventiva influyen significativamente en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. En relación a ello; Valero (2020) los resultados arrojaron que, la legislación penal del Ecuador, debe proveer de un marco legal pertinente a los jueces, para que éstos puedan establecer los requisitos y condiciones de imponer esta medida que, por tratarse de una medida severísima debe ser considerada de ultima ratio, como lo señala nuestra Constitución, caso contrario estaríamos haciendo que prevalezca la excepción y no la regla, lo que conllevaría al deterioro de las garantías procesales que debe existir en todo juicio justo. Al establecer en qué medida la prisión preventiva influye en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Como el resultado del coeficiente de Rho de Spearman es de 0,895, indica que existe una relación positiva, y el nivel de significancia de 0.000, menor que 0.01. Se corrobora que la prisión preventiva influye significativamente en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. En correspondencia a ello; Ochoa (2021) en su tesis “Criterios jurisdiccionales para evaluar el presupuesto de peligro de fuga y determinar la prisión preventiva. Distrito Lima Norte. 2021”, se arribó a la determinación que el hecho de que se prescindiera de una de las causales como es el arraigo del imputado, no es motivo 42 suficiente, para que el juzgador establezca el peligro de fuga del imputado, ya que debe considerarse los otros requisitos al amparo del artículo 269 del Código Procesal Penal de 2004. Al establecer en qué medida los plazos procesales influyen en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Como el resultado del coeficiente de Rho de Spearman es de 0,852, revela que la relación es positiva, y por el nivel de significancia de 0.000, menor que 0.01. Se reafirma que los plazos procesales influyen significativamente en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. En constaste a ello; Palominos (2020) al diseñar el sistema de responsabilidad penal empresarial, el legislador chileno ha adoptado la posición de que sólo las personas naturales (seres humanos) son las principales responsables de la comisión de una parte especial del delito. Personas jurídicas; pero son productores autónomos de "procesos" completamente regidos por la racionalidad colectiva humana, y por tanto son también portadores de obligaciones y, en cierta medida, personas merecedoras de castigo. 43 VI. CONCLUSIONES 6.1. En primer lugar, se concluyó que el presupuesto de prisión preventiva tiene un impacto significativo en si en una investigación fiscal se encuentra un cargo específico que requiere que un juez emita una orden de aprehensión porque existen elementos suficientes para acreditar que el imputado es penalmente responsable. 6.2. Segundo, se concluye, que, de acuerdo al marco procesal penal, la decisión judicial donde se establece la prisión preventiva para la persona imputada debe responder a las garantías judiciales durante las investigaciones realizadas por el fiscal, estas no deben vulnerar el derecho fundamental de defensa, derecho de inocencia y respetar el debido proceso. 6.3. Por último, se concluye que los plazos procesales son fundamentales en el proceso penal peruano para garantizar la protección de los derechos de las partes y asegurar una justicia pronta y eficiente, en el caso que no se ejecuten todos los actos de estudio los plazos pueden ser prorrogados en casos excepcionales, previa autorización judicial. 44 VII. RECOMENDACIONES 7.1. Se recomienda que los fiscales deben asegurarse de recopilar toda la evidencia relevante disponible, incluyendo declaraciones de testigos, registros de comunicaciones, pruebas forenses, etc. Además, es importante analizar cuidadosamente estas evidencias para identificar cualquier inconsistencia o falta de claridad que pueda debilitar la imputación. Además, deben identificar las leyes aplicables al delito en cuestión y asegurarse de que la teoría del caso se ajuste a la imputación de manera clara. 7.2. La prisión preventiva es una medida cautelar excepcional que solo puede ser dictada por un juez en casos específicos y cuando se cumplen ciertos requisitos legales. Para garantizar el respeto a las garantías judiciales en este proceso, se recomienda que todas las actuaciones se realicen con pleno respeto a los derechos y garantías procesales del imputado, los jueces deben explicar de forma clara y precisa las razones que justifican las medidas de prisión preventiva, deben ser proporcionales a la gravedad del delito imputado y a las circunstancias del caso particular, y deben realizar revisiones periódicas para garantizar que las medidas de prisión preventiva sigan siendo necesarias. 7.3. Se recomienda realizar capacitaciones constantemente a los fiscales encargado de las investigaciones y procesos penales es esencial para mantener actualizadas sus habilidades y conocimientos, lo que puede ayudar a acelerar el proceso y mejorar la eficacia en los actos de investigación de los procesos penales, lo que puede ayudar a asegurar que los plazos procesales se cumplan adecuadamente. 45 VIII. REFERENCIAS Álvarez, A., Ríos, R., Corvalán, V., Olazábal, J., Franceschetti, G., & Superti, H. (2010). Reforma procesal penal: Estudios. Ediciones de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba. http://hdl.handle.net/11086/23474. Bautista, S. (2021). La imputación concreta y su implicancia en el proceso penal. LP - Pasión por el Derecho. https://lpderecho.pe/imputacion-concreta-implicancia- proceso-penal/. Blanco, C. (2011). Encuesta y Estadística: Métodos de Investigación Cuantitativa en Ciencias Sociales y Comunicación. (1º Ed). Editorial Brujas. Cafferata, J. (2000). 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P. específicos ¿En qué medida la prisión preventiva influye en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021? ¿En qué medida los plazos procesales influyen en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021? Determinar en qué manera incluye los presupuestos de la prisión preventiva en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. O. específicos. Establecer en qué medida la prisión preventiva influye en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Establecer en qué medida los plazos procesales influyen en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Los presupuestos de la prisión preventiva influyen de manera significativamente en la imputación concreta de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. H. especificas. La prisión preventiva influye significativamente en las garantías judiciales de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. Los plazos procesales influyen significativamente en los actos de investigación de las investigaciones penales del distrito judicial Lima Norte 2021. P ri si ó n p re ve n ti v a Dimensión: Presupuesto materiales -Suficientes elementos de convicción -Que el delito sea grabe -Peligro de fuga u obstaculización Enfoque cuantitativo Técnica la encuesta poblacional Instrumento Cuestionario de preguntas abiertas Dimensión: Plazos procesales -Casos simples -Cosos complejos -Organización criminal Im p u ta ci ó n c o n cr et a Dimensión: Garantías Judiciales -Principios de la Administración de Justicia -Derechos del imputado Dimensión: Actos de investigación - Elementos de imputación - Dolo en la investigación - Búsqueda de la verdad Anexo B. instrumento La implementación del Nuevo Sistema Procesal Penal a traído ventajas y desventajas en la administración de la justicia, dadas las circunstancias y por la problemática que existe en las prisiones preventivas y las precarias imputaciones de los fiscales, para penalizar los delitos, se planteó la investigación “Presupuestos para la prisión preventiva en la imputación concreta en el distrito judicial Lima Norte 2021”, para el cual se ha utilizado el cuestionario con preguntas direccionadas en la busque da de información que permitan cumplir con los objetivos del estudio. El cuestionario consta de 14 preguntas abiertas, y con respuestas a elección, según el criterio de cada encuestado. Nº Ítems Desacuerdo Neutro En desacuerdo 1 ¿Considera que se cumple con los presupuestos en las prisiones preventivas? 2 ¿Cree que la prisión preventiva cumple realmente con el propósito de esclarecer el hecho delictivo? 3 ¿Considera que se debe privar de su libertad a una persona siempre y cuando exista suficientes elementos de convicción? 4 ¿Cree que es necesario para la privación de la libertad solo la gravedad del delito? 5 ¿Considera que habiendo una inadecuada imputación o una imputación mal formulada se, debe restringir la libertad de una persona? 6 ¿Considera indispensable la calidad y precisión de la imputación para dictar una medida de prisión preventiva? 7 ¿Cree que el juez dicta prisión preventiva de acuerdo a la imputación? 8 ¿Considera justo que los imputados sean puestos en libertad por la ineptitud de los fiscales de no saber precisar la imputación del delito? 9 ¿Considera que se respeta las garantías judiciales cuando se hace una imputación concreta y eficiente? 10 ¿Cree que los principios de la administración de justicia regulan a los fiscales a realizar una imputación concreta y objetiva? 11 ¿Considera que la imputación debe ser en estricto respeto a las leyes y derechos de la persona imputada? 12 ¿Considera importante que se detallen los elementos de imputación? 13 ¿Considera que la imputación se debe precisar el tipo de dolo, para determinar la responsabilidad del imputado? 14 ¿Considera que la imputación conlleva a la búsqueda de la verdad de los hechos delictivos? Se realizó una prueba piloto a una población de 10 personas, para comprobar la confiabilidad del instrumento. Para lo cual se utilizó el sistema estadístico IBM SPSS statistics. Rangos Coeficiente Alfa Muy Alta 0,81 a 1,00 Alta 0,61 a 0,80 Moderada 0,41 a 0,60 Baja 0,21 a 0,40 Muy Baja 0,01 a 0,20 Estadísticas de fiabilidad Alfa de Cronbach Alfa de Cronbach basada en elementos estandarizados N de elementos ,967 ,963 14 El resultado fue 0,967, lo cual, según la tabla de interpretación, corresponde a un nivel de confiabilidad muy alta. Anexo C. Validez del Instrumento El presente instrumento ha sido diseñado para evaluar la calidad y pertinencia de diversas dimensiones en la investigación, incluyendo criterios como claridad, objetividad, actualidad y organización. Para asegurar su validez, fue revisado por tres expertos en la materia, quienes otorgarán una calificación a cada indicador en una escala del 1 al 20. Los resultados de estas evaluaciones serán promediados para obtener una visión integral sobre la consistencia y suficiencia del instrumento. Esta validación garantizará que el instrumento cumpla con los estándares teóricos y metodológicos requeridos. Dr. Líder Alamiro Gonzales Lara Dr. César Aladino Gonzales Campos Dra. Emilia Faustina Vicuña Cano. Ficha de validez del Instrumento I. Datos Generales Apellidos y Nombres del Experto: Dr. Líder Alamiro Gonzales Lara Grado: Doctor en derecho Apellidos y Nombres del Autora: Yrma Veronica Cayetano Muñoz III. Aspectos de Validación Indicadores Criterios Deficiente Regular Buena Muy buena Excelente 1-4 5-8 9-12 13-16 17-20 Claridad El lenguaje se presenta de manera clara X Objetividad Expresado para conocer en cuanto al comportamiento de las variables X Actualidad Muestra contenidos de las variables que actualmente se maneja x Organización Existe una organización lógica en la presentación de los ítems respectivos X Suficiencia Comprende los aspectos de cantidad y calidad suficiente X Consistencia Basado en aspectos teóricos y científicos en relación a las variables X Coherencia Entre las áreas de las variables X Metodología La estrategia responde al propósito de la investigación X Intencionalidad Adecuado para determinar sobre el comportamiento de las dimensiones X IV. Opinión de Aplicabilidad: _________________________________________________________________________ _________________ V. Promedio de Valoración: Validación Cuantitativa: Validación Cualitativa: X Ficha de validez del Instrumento I. Datos Generales Apellidos y Nombres del Experto: Dr. César Aladino Gonzales Campos. Grado: doctor en derecho Apellidos y Nombres del Autora: Yrma Veronica Cayetano Muñoz III. Aspectos de Validación Indicadores Criterios Deficiente Regular Buena Muy buena Excelente 1-4 5-8 9-12 13-16 17-20 Claridad El lenguaje se presenta de manera clara X Objetividad Expresado para conocer en cuanto al comportamiento de las variables X Actualidad Muestra contenidos de las variables que actualmente se maneja X Organización Existe una organización lógica en la presentación de los ítems respectivos x Suficiencia Comprende los aspectos de cantidad y calidad suficiente X Consistencia Basado en aspectos teóricos y científicos en relación a las variables X Coherencia Entre las áreas de las variables X Metodología La estrategia responde al propósito de la investigación X Intencionalidad Adecuado para determinar sobre el comportamiento de las dimensiones X IV. Opinión de Aplicabilidad: _______________________________________________________________________ V. Promedio de Valoración: Validación Cuantitativa: Validación Cualitativa: X Ficha de validez del Instrumento I. Datos Generales Apellidos y Nombres del Experto: Dra. Emilia Faustina Vicuña Cano. Grado: Doctora en derecho Apellidos y Nombres del Autora: Yrma Veronica Cayetano Muñoz III. Aspectos de Validación Indicadores Criterios Deficiente Regular Buena Muy buena Excelente 1-4 5-8 9-12 13-16 17-20 Claridad El lenguaje se presenta de manera clara x Objetividad Expresado para conocer en cuanto al comportamiento de las variables x Actualidad Muestra contenidos de las variables que actualmente se maneja x Organización Existe una organización lógica en la presentación de los ítems respectivos x Suficiencia Comprende los aspectos de cantidad y calidad suficiente x Consistencia Basado en aspectos teóricos y científicos en relación a las variables x Coherencia Entre las áreas de las variables x Metodología La estrategia responde al propósito de la investigación x Intencionalidad Adecuado para determinar sobre el comportamiento de las dimen