La objeción de conciencia como eximente de la responsabilidad penal, en el distrito judicial de Lima Norte, durante año 2019

Fecha
2024Autor
Flores Chávez, Rosa Isabel
Asesor(es)
Mejía Velásquez, Gustavo MoisésMetadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Tuvo como Objetivo: Determinar de qué manera la regulación de la objeción de conciencia
como eximente de responsabilidad penal, coadyuvaría a declarar La No responsabilidad penal,
en los juzgados penales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en el año 2019. Método:
cuenta con una investigación Básica o Pura, con un nivel Descriptivo - Correlacional, con un
diseño no experimental, la población estuvo constituida por jueces, especialistas, asistentes y
la muestra fue de 60 personas. Resultados: Tratamiento de datos está contenida en tablas,
estadísticas y graficas porcentuales. Finalmente, el trabajo culmina con las conclusiones, que
guardan íntima relación con las hipótesis planteadas, y con las recomendaciones que se ha
tomado a bien exponer para cumplir adecuadamente con los objetivos que se han trazado.
Conclusiones: Se pudo establecer que la regulación de la objeción de conciencia como
eximente de responsabilidad penal, coadyuva a declarar La No responsabilidad penal, en los
juzgados penales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, dado que como se ha tratado
a lo largo de la presente tesis, la objeción de conciencia se cimenta casi exclusivamente en el
derecho a la libertad de conciencia, y en algunos aspectos inherente al derecho a la dignidad;
por ello mismo, al ser incorporado dentro del art. 20° del Código Penal como eximente de
responsabilidad penal genera una disyuntiva, porque permite que el ámbito privado de una
persona, o también denominado el ámbito moral de una persona genere consecuencias
jurídicas, en esta caso de manera omisiva.
Colecciones
- Doctorado en Derecho [200]